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Aprueban los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE

Resolución Jefatural 088-2022-ONP/JF

Lima, 28 de abril de 2022

VISTOS:

El Informe N° 0042-2022-ONP/DPE, del 11 de abril de 2022, de la Dirección de Prestaciones; el Informe N° 090-2022-ONP/OPG, del 13 de abril de 2022, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; y, el Informe N° 303-2022-ONP/OAJ, del 22 de abril de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 132-2005-EF, Reglamentan delegación de funciones de administración del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, se establece que la Oficina de Normalización Previsional (ONP) se encarga de administrar las funciones de reconocer, declarar y calificar las solicitudes derivadas de los derechos pensionarios del Decreto Ley N° 20530, de aquellas entidades de origen que hayan sido o sean privatizadas, liquidadas, desactivadas y/o disueltas, siempre que cuenten con la partida presupuestal respectiva o con el fondo correspondiente;

Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza la transferencia a la ONP de la administración y pago de las pensiones del Decreto Ley N° 20530 y sus normas complementarias, de las empresas y entidades bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), así como de aquellas empresas liquidadas o en proceso de liquidación, disueltas o en proceso de disolución del FONAFE, además de asumir la sucesión procesal en aquellos procesos judiciales que se encuentren en trámite para el pago de las pensiones del Decreto Ley N° 20530, debiéndose precisar la fuente de financiamiento, monto de la reserva actuarial, monto de la contingencia judicial y de los costos de su gestión, hasta la total extinción de las respectivas obligaciones, así como las transferencias de los mismos.

Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que la ONP establece las disposiciones complementarias que, bajo el ámbito de su competencia, sean necesarias para el desarrollo de las medidas contenidas en el numeral 1 del referido artículo;

Que, mediante Informe N° 0042-2022-ONP/DPE, del 11 de abril de 2022, de la Dirección de Prestaciones propone la aprobación de los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE, cuyo objeto es establecer los lineamientos para la remisión de la información y documentación relacionada con los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 a la ONP por parte de las entidades del FONAFE, como disposiciones complementarias que faciliten la implementación de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 31366;

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, mediante Informe N° 090-2022-ONP/OPG, del 13 de abril de 2022, y la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 303-2022-ONP/OAJ, del 22 de abril de 2022, opinan que resulta técnica y legalmente viable, respectivamente, la aprobación de la propuesta de Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE constituyen una regulación de carácter general que contiene información relevante y de interés para los usuarios de los servicios que presta la ONP, en consecuencia, corresponde disponer su publicación en el diario oficial El Peruano, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

Con el visto del Director General de Prestaciones; del Director General de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y del Gerente General, y;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 5 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP); y, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10, así como lo dispuesto en en la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; 

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE

Apruébase los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE, con la finalidad de implementar lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, los que, en Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2. Difusión

Dispónese que la presente Resolución y su Anexo sean puestos de conocimiento de las/los servidoras/es de la entidad.

Artículo 3. Publicación

Publícase la presente Resolución en el diario oficial el Peruano, así como la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER EFRAIN BORJA ROJAS

Jefe

2063989-1