Resolución de Secretaría de Gestión Pública 009-2022-PCM/SGP
Lima, 15 de junio de 2022
VISTO:
El Informe N° D000029-2022-PCM-SSCS de la Subsecretaría de Calidad de Servicios de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, la citada Ley establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; señalando que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría de dicho sistema;
Que, el artículo 21 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, estipula que la Secretaría de Gestión Pública, como ente rector, tiene la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban; entre otros, normas técnicas que establecen procedimientos, protocolos, estándares u otros aspectos técnicos a implementar o cumplir por las entidades públicas; así como, disposiciones que complementan las normas sustantivas, vinculados con uno o más ámbitos del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública;
Que, mediante Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, siendo uno de sus lineamientos prioritarios el “Fortalecer los sistemas de la administración pública y el servicio civil”; y, una de sus líneas de intervención el “Incorporar nuevas prácticas enfocadas en la gestión de resultados y mejora continua”. Asimismo, dicha política prioriza el enfoque territorial en las intervenciones públicas;
Que, en ese sentido, el artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2021-PCM/SGP aprueba la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP, “Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público”, que tiene por finalidad poner a disposición de las entidades de la administración pública una herramienta de gestión que oriente a la mejora de los bienes y servicios otorgados y de esta forma contribuir con la mejora de la calidad de vida de las personas;
Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución de Secretaría de Gestión Pública establece que el proceso de implementación de las disposiciones de la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP se efectúa de forma progresiva a través de cuatro (4) tramos, en los que participan las entidades señaladas en los Anexos 2, 3, 4 y 5 de la mencionada Resolución;
Que, el artículo 14 del citado Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, establece que la Secretaría de Gestión Pública como ente rector de dicho sistema, ejerce –entre otras- la atribución de supervisar y evaluar la aplicación de las materias del sistema; promover el perfeccionamiento de los procesos técnicos del sistema; y, efectuar el seguimiento y evaluación de las acciones de modernización;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 015-2021-PCM/SGP suspende la aplicación de la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público, aprobada por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2021-PCM/SGP, por un plazo de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la citada Resolución;
Que, como parte de la revisión y evaluación, de manera sistémica, de la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP con otros instrumentos desarrollados por la Secretaría de Gestión Pública en el marco del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública y por otros entes rectores de Sistemas Administrativos que se vinculan con la materia de calidad de servicios; se han identificado espacios de articulación para una adecuada gestión de la calidad de servicios en las entidades públicas; así como que la citada norma técnica debe alinearse al Modelo Conceptual de la nueva propuesta de Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030; conforme se señala en el Informe N° D0000029-2022-PCM-SSCS;
Que, por lo antes expuesto, resulta necesario ampliar el plazo de la suspensión de la aplicación de la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP, en tanto se apruebe el nuevo documento de gestión de calidad de servicios que instrumentalice las disposiciones previstas en la propuesta de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Ampliación del plazo de suspensión de aplicación
Amplíese el plazo de suspensión de la aplicación de la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2021-PCM/SGP, hasta por un plazo de cien (100) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente del término del plazo establecido en el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 015-2021-PCM/SGP.
Artículo 2.- Emisión de normas
Al término del plazo al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, la Secretaría de Gestión Pública aprueba las normas, instrumentos o herramientas que contribuyan a la gestión de la calidad de servicios en el sector público; bajo un enfoque sistémico y una gestión por resultados.
Artículo 3- Publicación
La presente Resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HEBER CUSMA SALDAÑA
Secretario de Gestión Pública
2078759-2