Resolución Ministerial 067-2021-TR
Lima, 16 de abril de 2021
VISTOS: El Oficio Nº 0112-2021-MTPE/1/23 de la Secretaría Técnica del Consejo de la Orden del Trabajo; el Oficio N° 0080-2021-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el correo electrónico de fecha 12 de abril de 2021 de la Confederación de Trabajadores del Perú -CTP; el correo electrónico de fecha 7 de abril de 2021 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP; la Carta N° 049-CDCP-2021 del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú; y el Informe Nº 0288-2021-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 15195, Creándose la Condecoración de la “Orden del Trabajo”, señala que dicha condecoración puede ser concedida a las personas que, austera, desinteresada y patrióticamente, realizan acciones distinguidas o eminentes en el campo del Trabajo y de la Seguridad Social, sean trabajadores de la actividad pública o privada, empleadores o cualquier otra persona, nacional o extranjera;
Que, el artículo 4 del Reglamento para la Condecoración de la Orden de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, regula la constitución del Consejo de la Orden del Trabajo;
Que, el artículo 5 del citado Reglamento establece que, a excepción del Gran Maestre, el Canciller, el Viceministro de Trabajo, el Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el Secretario del Consejo de la Orden del Trabajo, los demás miembros del Consejo de la Orden del Trabajo, cuando corresponda, son propuestos por sus respectivas instituciones y designados antes del 1 de mayo de cada año por Resolución Ministerial, pudiendo ser reelegidos;
Que, conforme a los documentos de vistos, las instituciones correspondientes remitieron las propuestas de sus respectivos representantes ante el Consejo de la Orden del Trabajo;
Que, es necesario reconocer y premiar a los trabajadores, empresarios, académicos, y en general a las personas que hayan contribuido significativa y desinteresadamente, desde sus respectivos ámbitos de actuación, al bienestar de los trabajadores, al desarrollo armónico de las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo en el país y al fortalecimiento de las instituciones del Sector Trabajo y de la Seguridad Social;
Que, además, en una situación tan compleja como por la que atraviesa el país, se requiere distinguir a los personajes representantes de trabajadores, empleadores e instituciones que han destacado en el contexto de la pandemia y que sirven de inspiración y reflexión sobre el valor del trabajo, el empleo digno y la vocación de servicio;
Que, en mérito a lo expuesto, resulta necesario designar a los miembros del Consejo de la Orden del Trabajo para el Año 2021, quienes tienen la responsabilidad de evaluar y pronunciarse sobre las propuestas para el otorgamiento de la Condecoración de la Orden del Trabajo;
Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; y el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a los miembros del Consejo de la Orden del Trabajo para el Año 2021, según se detalla a continuación:
- Señor JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y Canciller del Consejo de la Orden del Trabajo, quien preside el Consejo de la Orden del Trabajo por expresa delegación del Gran Maestre;
- Señor JOSÉ LUIS PARODI SIFUENTES, Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señora JEANETTE NOBORIKAWA NONOGAWA, Viceministra de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señor JAIME ZAVALA COSTA, miembro de la Comisión Consultiva de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señor FERNANDO GONZALO VILLARÁN DE LA PUENTE, miembro de la Comisión Consultiva de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señor JUAN CARLOS GUTIÉRREZ AZABACHE, Director General de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
- Señora JANEYRI ELÍZABETH BOYER CARRERA, Presidenta Ejecutiva del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR;
- Señor ÁNGEL ARMANDO SÁNCHEZ DUEÑAS, representante de los trabajadores del régimen de la actividad privada;
- Señora VIVECA DOLORES AMOROS KOHN, representante de los empleadores;
- Señor ARMANDO RÓMULO ALVARADO CERRO, representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú;
- Señor JORGE ALBERTO LARREA DE ROSSI, Secretario del Consejo de la Orden del Trabajo, con voz pero sin voto.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo