PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
Resolución Administrativa 000411-2021-P-CSJLI-PJ
Lima, 21 de noviembre de 2021
VISTOS
La Resolución Administrativa N° 000403-2021-P-CSJLI-PJ del 14 de noviembre de 2021; y,
CONSIDERANDOS
1. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante la Resolución Administrativa N° 000403-2021-P-CSJLI-PJ dispuso, entre otras, las siguientes medidas excepcionales:
a) El trabajo mixto (presencial y remoto) de los Jueces/zas y personal jurisdiccional y administrativo que labora en la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, del 15 al 19 de noviembre de 2021, que funcionan en la referida sede judicial, el cual se realizará de la siguiente manera: a) Lunes, miércoles y viernes, de manera presencial de 07:45 am a 16:45 pm y, b) Martes y jueves, de manera remota, conforme a la versión Nº 4 del Reglamento.
b) El personal de Administración, Mesa de Partes y Archivo que labora en la citada sede, que por la naturaleza de sus funciones no pueden realizar trabajo remoto, harán trabajo presencial diario de 07: 45 am a 16:45 pm.
c) Las áreas de infraestructura y mantenimiento de esta Corte Superior implementen, a la brevedad, las acciones correctivas a efectos de superar las deficiencias detectadas en la citada sede judicial, bajo responsabilidad; dando cuenta a la Gerencia de Administración Distrital sobre las medidas adoptadas.
d) La Gerencia de Administración Distrital a través de sus Unidades y Coordinaciones competentes proceda a implementar las medidas de bioseguridad respectivas, a efecto de salvaguardar la vida y la salud de los magistrados/as y personal jurisdiccional y administrativo de la sede Arnaldo Márquez, debiendo dar cuenta a este Presidencia de las medidas adoptadas, bajo responsabilidad.
e) La Gerencia de Administración Distrital a través de sus Unidades y Coordinaciones competentes, a la brevedad, efectúe las gestiones pertinentes para la ubicación y arrendamiento de otro inmueble, donde funcionarán los órganos jurisdiccionales de la sede Arnaldo Márquez.
2. El 16 de noviembre de 2021 el CEPJ a través de la Resolución Administrativa N° 000380-2021-CE-PJ autorizó a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país para que adopten las medidas administrativas adecuadas, respecto al funcionamiento de los órganos jurisdiccionales implementados con el EJE; siendo que el 20 de los corrientes, esta Presidencia mediante la Resolución Administrativa N° 000409-2021-P-CSJLI-PJ dispuso entre otros, de manera excepcional, el trabajo remoto de los Jueces/zas y personal jurisdiccional y administrativo que laboran en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el EJE (entre ellos, la 1°, 2°, 3°, 7° y 8° Sala Laboral Permanente de Lima que funcionan en la sede Arnaldo Márquez); sin embargo, deberán concurrir a laborar presencialmente, excepto los vulnerables, por lo menos dos veces a la semana.
3. De otro lado, en la referida sede judicial también funcionan la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, que no se encuentran implementados con el Expediente Judicial Electrónico, por lo que resulta necesario dictar las disposiciones correspondientes respecto a la continuación de labores de los Jueces/zas y personal jurisdiccional y administrativo de estos órganos jurisdiccionales, desde el 22 al 30 de los corrientes.
4. La Gerencia de Administración Distrital ha informado a esta Presidencia que se han implementado diversas acciones correctivas a efectos de superar las deficiencias detectadas en la citada sede judicial, a efecto de salvaguardar la vida y la salud de los magistrados/as y personal jurisdiccional y administrativo, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa de vistos; faltando implementar algunas otras acciones que se ejecutarán en los próximos días.
5. En virtud de lo esbozado, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 90 incisos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Justicia de Lima, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y encargada de la política interna de su distrito Judicial, disponer las acciones urgentes y complementarias a fin de salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario de la sede Arnaldo Márquez.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: DISPONER, del 22 al 30 de noviembre de 2021, el trabajo presencial diario de los Jueces/zas no vulnerables que laboran en la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, que funcionan en la sede Arnaldo Márquez, el cual se realizará de 07:45 am a 16:45 pm, con una hora de refrigerio de 12:45 pm a 13:45 pm.
Artículo Segundo: ESTABLECER, del 22 al 30 de noviembre de 2021, que la labor presencial diaria del personal jurisdiccional y administrativo no vulnerable que laboran en la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, con el fin de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios: primer turno: de 07:45 am a 12:45 pm, complementándose con tres horas de trabajo remoto, y segundo turno: de 13:30 pm a 18:30 pm, complementándose con tres horas de trabajo remoto. El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será coordinado con el/la jefe/a inmediato/a.
Artículo Tercero: DISPONER que el personal de Administración, Mesa de Partes y Archivo que labora en la citada sede judicial, que por la naturaleza de sus funciones no pueden realizar trabajo remoto, harán trabajo presencial diario de 07: 45 am a 16:45 pm, con una hora de refrigerio de 12:45 pm a 13:45 pm.
Artículo Cuarto: DISPONER que la Presidenta de Sala y los Jueces Especializados, de la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de 24 horas, remitan a la Coordinación de Recursos Humanos y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMA, la programación de los turnos de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos no vulnerables, que concurrirán a laborar presencialmente.
Artículo Quinto: DISPONER que el trabajo remoto de los magistrados/as, personal jurisdiccional y administrativo considerado en el grupo de riesgo al COVID-19 determinado por ley y debidamente comprobado, aun cuando tengan las dosis completas de vacunación, de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, se efectivizará en el horario de ocho horas diarias (480 minutos), el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial»,
Artículo Sexto: DISPONER que las áreas de infraestructura y mantenimiento de esta Corte Superior continúen implementando las acciones correctivas, a efectos de superar las deficiencias detectadas en la citada sede judicial, bajo responsabilidad; dando cuenta a la Gerencia de Administración Distrital sobre las medidas adoptadas.
Artículo Sétimo: PÓNGASE la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital, la Unidad Administrativa y de Finanzas, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad de Servicios Judiciales, la Coordinación de Recursos Humanos, la Coordinación de Seguridad, la Responsable de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la Coordinación de Logística y, la Secretaria General, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS
Presidente
Corte Superior de Justicia de Lima
2013710-2